Usuarios



Recursos

 


 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

Portada
Nueva normativa del consumidor avanza en el Congreso PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrador   
Lunes, 08 de Febrero de 2010 14:40

Actualmente existen dos proyectos en trámite en el Parlamento que buscan mejorar los derechos de los consumidores y fortalecer al Sernac.

El proyecto de ley que busca modificar la Ley del Consumidor fue aprobado por la Cámara de Diputados y ahora espera ser revisado y votado por el Senado, para que terminado su proceso legislativo, pueda convertirse en la nueva Ley del Consumidor.

La actual normativa, dictada en 1997, fue considerada en esos años un avance sustantivo en materia de derechos y protección de los consumidores, pero en la actualidad se ha quedado atrás, pues la cobertura que brinda se ve sobrepasada por las condiciones actuales del mercado.

Es por ello que el Ejecutivo despachó esta iniciativa que busca profundizar las responsabilidades de los oferentes de bienes y servicios. Lo que la práctica pretende obligar a las empresas a no repetir una conducta que ha sido sancionada y evitar así que dicho empresario reitere acciones infractoras permanentemente, lo que deberá ser fiscalizado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

José Roa Ramírez, director del organismo del consumo, valoró este avance expresando que “esta es una ley que los consumidores se merecen y que Chile necesita”. Agregó que “como gobierno, hemos dicho que no nos gusta la realidad del consumo, debido a que hoy las empresas prefieren pagar las multas y siguen tropezando con la misma piedra”.

De acuerdo a las estimaciones entregadas por la entidad, el costo por demandar a una empresa por este motivo bordea los $900 mil para un solo consumidor y la petición demora más de un año en resolverse.

Es por ello que el proyecto establece que existiendo sentencia favorable para el consumidor, éste deberá ser indemnizado automáticamente con un piso mínimo que compense el costo en el que él haya incurrido por motivo del proceso.

“Con la modificación a la ley no sería necesario realizar un juicio nuevo desde el principio hasta el final (para exigir su cumplimiento), sino que con la misma sentencia se podría reparar los daños de los afectados”, explicó Roa.

Además, la iniciativa legal contempla la posibilidad de que el proveedor que haya cometido la infracción, pueda proponer un acuerdo reparatorio sin necesidad de un largo juicio.

El otro proyecto

Adicionalmente, ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto que contempla traspasar los juicios colectivos de consumidores contra empresas, desde los tribunales civiles -donde actualmente se tramitan- al Tribunal del la Libre Competencia (TLC)

El objetivo es que un organismo especializado resuelva estos procesos, para darles mayor agilidad y eficiencia.

Fuente: Diario La Nación

 
POR UN CRÉDITO DE CONSUMO PUEDE PAGAR HASTA EL DOBLE DE LO QUE PIDIÓ PDF Imprimir E-mail
News - Newsflash
Escrito por Administrador   
Martes, 02 de Febrero de 2010 16:27

  • Un consumidor puede terminar pagando casi el doble de lo que pidió.
  • Sólo considerando los costos adicionales al dinero solicitado, las diferencias alcanzan al 574% entre el mínimo y máximo que puede llegar a pagar.
  • El SERNAC llamó a los consumidores a  no fijarse sólo en las tasas de interés pues el costo final del crédito está formado por comisiones y seguros y  además dependerá del tipo de cliente que sea para la empresa.
  • Por su parte ODECU estima que de una vez por todas se debe fiscalizar el contenido de los contratos de bancos y casas comerciales cuyas cláusulas permiten estos abusos.

Para los consumidores que están considerando tomar un crédito de consumo para enfrentar los gastos de marzo, el SERNAC realizó un nuevo estudio para conocer el costo real de endeudarse hoy.

El estudio fue realizado el 15 de enero de 2010 e incluyó créditos de consumo de $500 mil, $1 millón y $3 millones a 24 y 36 meses plazo, incluyendo a 20 bancos, 5 Cajas de

Compensación, 8 Compañías de Seguros de Vida y 5 Cooperativas de Ahorro y Crédito.

¿Conviene cotizar?

, pues nuevamente comprobamos importantes diferencias. Por ejemplo, para créditos de $500 mil a 36 meses, un consumidor puede pagar desde $70.396 adicionales a los que pidió (un total de $570.396) hasta $474.820 (un total de $ 974.820). Es decir, un 574% de diferencia.

Si consideramos el costo adicional por sobre el total solicitado, , el consumidor podría terminar pagando casi el doble de lo que pidió si accede al crédito con las condiciones menos convenientes.

Diferencias considerando pago por sobre lo solicitado

Monto A 24 meses A 36 meses
Mínimo $ Máximo $ Dif % Dif $ Mínimo $ Máximo $ Dif % Dif $
$500 mil 47.920 302.176 531% 254.256 70.396 474.820 574% 404.424
$1 millón 95.840 562.400 487% 466.560 140.756 890.636 533% 749.880
$3 millones 287.520 1.639.272 470% 1.351.752 422.304 2.564.808 507% 2.142.504

Los bancos son las instituciones que presentan las mayores diferencias entre los costos totales mínimos y máximos, alcanzando hasta un 70,9% de diferencia en el costo total en los créditos de $500 mil a 36 cuotas. También son las instituciones que registran los menores y mayores costos del crédito.

Las Cajas de Compensación tienen un costo único por estos créditos, por lo que conviene que los consumidores que son clientes de estas instituciones coticen estas alternativas y las comparen con lo que les ofrezcan los otros actores de la industria.

 

¿Da lo mismo qué tipo de cliente sea?

No, pues especialmente las instituciones bancarias tienen el mayor rango de costos totales del crédito dependiendo del tipo de cliente que sea el consumidor para la empresa, pues por ejemplo, dependiendo de la evaluación crediticia que haga la institución, podrá acceder a condiciones distintas.

Por ejemplo, dos consumidores que pidan un crédito de $3 millones a 36 meses en Banco Santander, pueden pagar una diferencia de $1.251.756, con un mínimo de $3.422.304 y un máximo de $4.674.060.

¿Conviene endeudarse considerando sólo los intereses?

No. Fijarse sólo en la tasa de interés no refleja el costo final del crédito ya que éste es más complejo y está formado por comisiones y otros cargos como los seguros.

¿Aumenta el costo con mayor plazo?

Si. Efectivamente un crédito en 36 meses cuesta en promedio entre un 11% y un 15% más que si lo pide en 24 meses.

¿Es más barato el crédito hoy?

No necesariamente. El costo del crédito tendió en general a incrementarse desde septiembre hacia fines de 2008, y luego comenzó a descender más notoriamente a partir de marzo de 2009 por una baja en las tasas de interés y a la eliminación transitoria de los impuestos hasta el 31 de diciembre de 2009.

En los últimos meses las tasas (promedio) han tendido a mantenerse constantes, no obstante, ya en enero de este año el costo del crédito tiene un alza, debido principalmente al restablecimiento paulatino del cobro de impuestos, que durante el primer semestre de 2010, contempla una rebaja del 50% del impuesto normal.

De esta forma, si por ejemplo, en diciembre de 2009, un crédito de $3 millones a 24 meses costaba un máximo promedio de $3.897.877 en enero de 2010, cuesta hasta $3.915.877, es decir, $18 mil más.

    Costo total mínimo y máximo promedio a 24 meses plazo

Período 500 mil pesos Un millón de pesos Tres millones de pesos
mínimo máximo mínimo máximo mínimo Máximo
Dic-08 682.153 733.787 1.340.602 1.453.675 3.929.509 4.209.938
Ene-09 674.666 732.439 1.324.182 1.446.300 3.880.422 4.183.013
Dic-09 620.880 676.153 1.231.841 1.343.391 3.628.021 3.897.877
Ene-10 623.880 678.409 1.236.428 1.349.391 3.646.021 3.915.877

    Conclusiones

  • Evalúe la real necesidad del crédito. Considere que por ejemplo, por un crédito de $500 mil a 36 meses, puede terminar pagando casi el doble de lo que pidió.
  • Cotice, pues existen diferencias de hasta 574% considerando el costo adicional que pagará un consumidor por el dinero solicitado comparando el crédito más barato y el más caro.
  • Compare y no se deje llevar sólo por la tasa de interés, pues la institución que tenga la tasa más baja no necesariamente será la más económica pues el costo final del crédito está formado también por comisiones, seguros e impuestos.
  • Fíjese no sólo en el "desde" sino en el “hasta", pues el "desde" suele ser sólo para cierto tipo de clientes. Por ejemplo, dos consumidores que pidan un crédito de $3 millones a 36 meses en una misma institución, pueden pagar más de $1 millón 200 mil de diferencia.
  • Prefiera endeudarse en menos plazo para disminuir el costo final a pagar.
  • Exija una cotización y compare considerando a otros actores que pueden ser más convenientes como las Cajas de Compensación, Aseguradoras y Cooperativas de Ahorro y Crédito.
A su vez, en la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile se estima que este tipo de información si bien es un avance, resulta poco útil cuando a la hora de cotizar todos los bancos presentan condiciones contractuales que permiten al acreedor aumentar los costos del crédito, casi en cualqueir momento, cambiando las condiciones, las comisiones, formas de pago, líneas de crédito disponibles, etc.
Así que aunque  se adquiera el producto inicial más conveniente, nada asegura que ese crédito termine siendo pagado en las mejores condiciones, dada la existencia de una serie de cláusulas abusivas de las que ODECU hace tiempo viene llamando la atención.

Al respecto véase el estudio a 5 bancos chilenos publicado en odecu.cl

La nota de prensa original puede verla en el sitio del SERNAC.

 

Última actualización el Martes, 02 de Febrero de 2010 16:54
 
SERNAC DENUNCIA CLAÚSULAS ABUSIVAS EN CONTRATOS BANCARIOS PDF Imprimir E-mail
News - Newsflash
Escrito por Administrador   
Jueves, 07 de Enero de 2010 15:46

Hace cerca de cuatro meses los diputados Carolina Goic y Gabriel Silber, y el Senador Guido Girardi, denunciaron ante el Sernac cambios unilaterales de las condiciones pactadas en el mercado financiero.

 

Por ello, el Sernac miró con la lupa de la Ley del Consumidor los contratos de tarjetas, líneas de crédito, cuenta vista y cuentas de ahorro de 16 instituciones financieras para monitorear que se estuvieran respetando los derechos de los consumidores en un mercado tan complejo como el financiero.

¿Y qué encontró? A juicio del Sernac, una serie de graves incumplimientos en casi el 90% de las instituciones, que incluyen cláusulas abusivas que atentan contra los derechos de los consumidores.

La Ley resguarda la equidad de los contratos y prohíbe, dejando sin efecto, las cláusulas que rompen esta equidad, las que estima abusivas. Por tanto, incluso contrario a la creencia popular, aunque el consumidor haya leído, aceptado y firmado el contrato, estas cláusulas no tienen ningún valor porque los derechos de los consumidores son irrenunciables de manera anticipada.

De esta forma es abusivo que se modifique el contrato de manera unilateral y arbitraria, es decir, cuando se quiere y porque sí, y que no se respeten las condiciones durante la vigencia del contrato, o que le cambien las reglas del juego durante el transcurso del partido.

Todo esto considerando que la necesidad de las empresas de modificar los contratos se puede resolver a través de la renovación de los mismos o informando al consumidor antes de firmar cuáles serán los criterios objetivos de modificación, por ejemplo, reajuste por IPC. Esto, además, es resguardado por la normativa financiera que indica la obligatoriedad de un aviso previo a los consumidores cuando esto se aplique.

En este sentido, las fallas identificadas por el SERNAC en relación a los contratos bancarios se pueden resumir en:

Cláusulas que facultan a la aempresa para cambiar el precio, por ejemplo, el monto de las comisiones o los intereses.

De esta forma, se atenta contra los derechos de los consumidores de saber, antes de contratar, el costo de mantener operativa una tarjeta de crédito o el costo de su apertura, pues la empresa se da a sí misma la facultad de cambiar elementos que forman parte del precio como los intereses y comisiones.

Por ejemplo, la cláusula 50 del contrato de tarjeta de crédito del Banco del Desarrollo indica: “El Emisor podrá modificar el presente contrato en cualquier momento en materias relativas a comisiones, intereses, limite de crédito y cargos por manutención (…)”.

Por su parte, la cláusula 19 del contrato de tarjeta de crédito de Credichile señala que “El Banco queda facultado para modificar tanto el monto de las comisiones como las modalidades y condiciones aplicables para su cobro.”

Cláusulas que autorizan al banco a aumentar o disminuir el monto de la línea de crédito a su arbitrio.

Esto provoca un desequilibrio importante pues el consumidor asume compromisos con la confianza de que cuenta con el respaldo de determinado monto y condiciones.

Es lo que ocurre con la cláusula 6º de la línea de crédito del Banco Falabella que indica que “(…) Este monto máximo disponible podrá ser aumentado o disminuido por el banco, en cualquier momento y a su solo arbitrio (…)”.

Cláusulas que permiten al banco terminar unilateralmente la cuenta o alguno de sus productos.

Por ejemplo la cláusula 15 del contrato de línea de crédito de Scotiabank: “El Banco se reserva la facultad de poner término a la cuenta corriente cuando lo estime conveniente y sin expresión de causa…”

O la cláusula del contrato de tarjeta de Crédito de Credichile que indica que “La tarjeta es propiedad del banco, el cual podrá en forma unilateral revocarla anticipadamente o no renovarla, pudiendo o no expresar los motivos”.

Otro ejemplo se da en la cláusula 6º de la línea de crédito Banco de Chile señala que: “(…) El Banco tendrá el derecho de poner término y caducar en cualquier término la presente línea de crédito, a su arbitrio y sin expresión de causa”.


En conclusión:

Hemos visto contratos donde las empresas bancarias son juez y parte, mientras el consumidor no tiene voz ni voto.

Este comportamiento explica en gran medida el sentimiento de abuso que sienten hoy los consumidores de servicios financieros, que se refleja en que 1 de cada 4 reclamos que llegan al Sernac son de este rubro, que el 50% de los juicios colectivos presentados corresponden a este mercado y que los consumidores en su mayoría perciban que estas empresas tienen poco o ningún interés en resolver sus problemas.

Con esta información, el SERNAC utilizará todas las herramientas que le entrega la Ley, sean acciones individuales o colectivas, en sede administrativa o judicial, para corregir esta situación, sancionar a las empresas y reparar el daño causado a los consumidores.

Para empezar, denunciaremos esta situación a la autoridad fiscalizadora de esta industria, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, para que se pronuncie y actúe en consecuencia.

A los consumidores, recordarles que las reglas del juego las impone la Ley y no las empresas o lo que digan sus contratos. Sus derechos son irrenunciables y no los pierden aunque pongan su firma en contratos que tengan cláusulas abusivas.

Fuente: Prensa SERNAC

A propósito de esta nota, véase: INVESTIGACIÓN DE ODECU A CINCO BANCOS CHILENOS

Vea el comentario de Alejandro Pujá, Coordinador de ODECU.

Última actualización el Martes, 12 de Enero de 2010 18:33
 
Proyecto sobre cultura financiera en marcha PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrador   
Domingo, 17 de Enero de 2010 00:56

Organizaciones de consumidores de cinco países de América Latina están participando en un proyecto de cooperación institucional que busca mejorar la cultura económica y financiera de los consumidores a través de pasantías, talleres y seminarios, entre otras actividades.

 

El proyecto, financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo (AECID), es gestionado por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (ADICAE). 

En él participa una mayoría de abogados o licenciados en derecho de organizaciones de consumidores de Perú (Cynthia Gabriel de ASPEC); de Bolivia (Wendy Iturri y Rubén Torres de AIS-Codedco); del Ecuador (Evelyn Collantes de la Tribuna del Consumidor); de Panamá (Dulce María Castillo de UNCUREPA); de República Dominicana (Digna Peña de FUNDECOM), y de Chile, (Alejandro Pujá, de ODECU).

La primera reunón del proyecto se llevó a cabo en septiembre pasado en España, donde las organizaciones participantes pudieron conocer de primera mano el trabajo desarrollado en el área financiera de parte de personas expertas de ADICAE, el Instituto Nacional de Consumo y el Consejo de Consumidores y Usuarios, CCU.

Fuente: Web Consumers International

 
HASTA 135% DE DIFERENCIA EN AVANCES EN EFECTIVO PDF Imprimir E-mail
News - Pasadas
Escrito por Administrador   
Sábado, 12 de Diciembre de 2009 01:22

Última actualización el Jueves, 31 de Diciembre de 2009 14:53
Leer más...
 
«InicioPrev123PróximoFin»

Página 1 de 3
 

Encuesta

Que te parece la nueva apariencia de MisDeudas?